El Tribunal Supremo ha dictaminado que las entidades financieras deben asumir la responsabilidad de los fondos sustraídos en fraudes de ‘phishing’ si no pueden demostrar la negligencia del cliente. En una sentencia reciente, rechazó el recurso presentado por Ibercaja y ratificó la obligación del banco de reembolsar más de 83.692 euros a un usuario afectado.
El caso se originó cuando un cliente de Ibercaja sufrió retiradas de dinero no autorizadas, algunas en horarios inusuales. A pesar de alertar a la entidad inmediatamente tras detectar movimientos sospechosos, el banco solo logró recuperar parte del importe y se negó a devolver el resto.
El Supremo señaló que, según la normativa europea, la entidad financiera debe demostrar una negligencia grave del usuario para evitar el reembolso. Como no se acreditó tal negligencia, el fallo concluye que el banco debe restituir el dinero, subrayando que es responsabilidad de las entidades financieras prevenir los riesgos asociados a estos delitos.
Este pronunciamiento refuerza la protección de los consumidores frente a fraudes
ECONOMIS AYUDAT, S. L.
C/ Provença, 541
08025 Barcelona
931855215
economis.es/
juridico@economis.es